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municipios en el estado
Villa Juárez es el número 12. La Corte dejó válida su creación.
Expediente · Villa Juárez y Asientos · mayo a octubre de 2026
El 29 de octubre de 2026 la Suprema Corte resolvió la demanda de Morena contra el decreto que creó el municipio 12 de Aguascalientes. Dejó en pie la creación y anuló las reglas para elegir a su primer ayuntamiento en 2027 y para gobernarlo mientras tanto con un concejo provisional. Ahora el Congreso tiene que decidir cómo y cuándo.
¿Qué decidió la Corte sobre Villa Juárez? En la acción de inconstitucionalidad 125/2026, promovida por Morena, la Suprema Corte reconoció que el Congreso de Aguascalientes puede crear municipios y dejó válida la creación de Villa Juárez (Decreto 566, publicado el 7 de septiembre de 2026). Pero anuló los artículos transitorios segundo y tercero: los que mandaban elegir al primer ayuntamiento en las elecciones de 2027 y que el Congreso nombrara un Concejo Municipal Provisional para gobernar del 1 de enero al 14 de octubre de 2027. La razón: eran reglas para el proceso electoral 2026-2027 y se publicaron 32 días antes de que empezara, cuando la Constitución exige al menos 90.
12
municipios en el estado
Villa Juárez es el número 12. La Corte dejó válida su creación.
32 días
de anticipación, no 90
Del 07/09/2026, cuando se publicó el decreto, al 09/10/2026, cuando empezó el proceso electoral.
2
transitorios anulados
El de la elección de 2027 y el del concejo provisional, más las partes ligadas a ellos.
19 a 7
votación en el Congreso
28/08/2026. Los 7 votos en contra fueron del grupo de Morena.
7 de 11
ayuntamientos la avalaron
Por ser reforma a la Constitución del estado necesitaba el aval de la mayoría de los ayuntamientos.
Con base en el comunicado oficial de la Corte. Qué palabras exactas se anularon "por extensión" se sabrá con la sentencia (engrose), que todavía no se publica.
El proyecto cambió en la sesión
El proyecto que se conoció el 27 y 28 de octubre proponía anular todo el decreto, incluida la creación del municipio. Según Milenio, la ministra ponente, Sara Irene Herrerías Guerra, lo modificó a petición de la mayoría, que consideró que crear un municipio es un acto administrativo y no electoral. El comunicado de la Corte no da el número de votos; el texto que difundió el Congreso habla de una "mayoría de siete votos". Lo confirmaremos con la sentencia y la versión taquigráfica.
Nombramos a personas electas y a titulares por lo que hicieron o dijeron en su cargo sobre este tema.
| Papel | Persona u órgano | Cargo | Qué hizo o dijo |
|---|---|---|---|
| Propuso la creación | Heriberto Gallegos Serna | Diputado (PRD, Grupo Mixto Fuerza por Aguascalientes) | Coautor de la iniciativa IN_LXVI_999. Antes de la sesión dijo que el Congreso acatará lo que resuelva la Corte. |
| Propuso la creación | Luis Salvador Alcalá Durán | Diputado (PAN) | Coautor de la iniciativa IN_LXVI_999. |
| Dictamen | Arlette Ivette Muñoz Cervantes | Diputada (PAN), presidenta de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales | Defendió el dictamen en el Pleno. Dijo que hubo ocho foros públicos en Villa Juárez, Asientos y comunidades cercanas. |
| Concejo provisional | Beatriz Montoya Hernández | Diputada (PAN), presidenta de la Comisión de Fortalecimiento Municipal | Condujo las entrevistas a las 33 personas que se registraron para el concejo. Autora de la iniciativa IN_LXVI_1256 para incluir a Villa Juárez en la Ley Municipal. |
| Mesa Directiva | Emanuelle Sánchez Nájera | Diputado (PRD), presidente de la Mesa Directiva | Antes de la sesión dijo que, si no había elección en 2027, podría hacerse una extraordinaria en 2028 o esperar a 2030 con un concejo. |
| Votó en contra | Fernando Alférez Barbosa | Diputado (MORENA) | Pidió regresar el dictamen a comisiones (se rechazó). Señaló que se citaban dos superficies distintas: 645.22 y 616.82 km². Dijo que su grupo promovió además un amparo. |
| Votó en contra | Alejandra Peña Curiel | Diputada (MORENA) | Dijo que no había un estudio que mostrara que Villa Juárez puede sostenerse con sus propios recursos. |
| Deudas | Ma. Guadalupe Mendoza Medrano | Diputada (PAN) | Presentó reservas, aprobadas, para que las deudas ligadas a Villa Juárez se liquiden antes de que se conforme su ayuntamiento, según Hidrocálido. |
| Demanda ante la Corte | Morena | Partido político nacional | Presentó la acción de inconstitucionalidad 125/2026 y pidió anular todo el decreto. |
| Ponente | Sara Irene Herrerías Guerra | Ministra de la Suprema Corte | Su proyecto proponía anular todo el decreto; lo modificó en la sesión, según Milenio. |
| Elecciones | Clara Beatriz Jiménez González | Consejera presidenta del IEE | Dijo que el IEE solo informó al Congreso la fecha de inicio del proceso y que organizará las elecciones del nuevo municipio cuando corresponda. |
Crear el municipio es una decisión político-administrativa, pero el decreto también tenía normas con efectos directos en el proceso electoral 2026-2027, y esas sí debían respetar el plazo de 90 días.
Los decretos que crean, modifican o eliminan municipios tienen una naturaleza "jurídico, político, administrativa, pero no electoral".
Votó porque la demanda era improcedente: la reforma cambia la división territorial y el número de elecciones municipales futuras, pero no la forma de llevarlas a cabo.
Sostuvo que el Congreso local debe definir cuándo se llevarán a cabo las elecciones del nuevo municipio.
Lo presentó como "logro legislativo": la Corte "declaró válida la creación" por mayoría de siete votos. Dijo que fijará después los plazos de una elección extraordinaria para el primer ayuntamiento.
"No están atacando la creación del municipio, están cuestionando si puede o no haber una elección".
Dijo que la reforma se aprobó dentro del periodo de 90 días en que no se pueden cambiar las reglas electorales, y cuestionó cómo se repartieron las comunidades entre Asientos y Villa Juárez.
Opinión técnica del Instituto Estatal Electoral enviada al Congreso el 10 de agosto de 2026, según Yahoo Noticias.
El Congreso tituló "la SCJN confirma a Villa Juárez como el municipio 12" y la Corte, "protege la certeza electoral". Las dos frases son ciertas, pero cada una cuenta la mitad: el municipio existe y su primera elección ya no será en 2027.
Tiene que aprobar nuevas reglas: quién gobierna Villa Juárez desde el 1 de enero de 2027, y cuándo y cómo se elige su primer ayuntamiento (elección extraordinaria o proceso de 2030). Si esas reglas se aplican a una elección, deben publicarse al menos 90 días antes del proceso.
La convocatoria y las entrevistas a 33 aspirantes se hicieron con base en el transitorio tercero, que la Corte anuló. Falta que el Congreso diga qué pasa con ese proceso.
Según el decreto, seguiría prestando los servicios en Villa Juárez hasta que exista ayuntamiento electo. Falta confirmar en la sentencia si esa regla sigue vigente.
Organizará la primera elección del municipio cuando el Congreso fije la fecha. En 2027 se eligen los ayuntamientos de los otros 11 municipios.
AI 125/2026, resuelta el 29/10/2026. Sus sentencias en acciones de inconstitucionalidad son definitivas. Falta publicar la sentencia completa.
El diputado Fernando Alférez dijo que su grupo promovió un amparo indirecto por violaciones al procedimiento y que un juzgado de distrito lo admitió. No encontramos resolución pública.
Reforma el artículo 9 de la Constitución del estado. PDF escaneado de 54 páginas.
Leer el documento oficial · PDFHeriberto Gallegos Serna (PRD) y Luis Salvador Alcalá Durán (PAN).
Leer el documento oficial · PDFBeatriz Montoya Hernández (PAN), con adhesión de Laura Patricia Ponce Luna. La Ley Municipal todavía enumera 11 municipios.
Leer el documento oficial · PDFGrupos del PAN y Fuerza por Aguascalientes. Reforma el artículo 9 de la Constitución y el 7 de la Ley Municipal.
Leer el documento oficial · PDFSe presentan gratis en la Plataforma Nacional de Transparencia. No necesitas dar tu nombre real.
Crear un municipio cambia quién gobierna, cómo se reparte el dinero público y por quién se vota. La Corte dejó claro que el Congreso puede hacerlo, pero no a la carrera: si una reforma toca una elección, tiene que publicarse al menos 90 días antes del proceso en que se va a aplicar, para que se conozcan las reglas, se puedan impugnar y se resuelvan las dudas antes de votar.
Para quienes viven en Villa Juárez y en Asientos la pregunta práctica es otra: quién presta los servicios, quién cobra y quién responde a partir del 1 de enero de 2027, cuando iba a empezar el concejo provisional que la Corte anuló. Eso depende ahora de lo que apruebe el Congreso.
Sí. La Corte dejó válida la reforma al artículo 9 de la Constitución del estado que lo crea. Es el municipio 12 de Aguascalientes.
No en el proceso electoral 2026-2027: la Corte anuló el transitorio que la ordenaba. El Congreso tiene que fijar cuándo será, por ejemplo en una elección extraordinaria o en el proceso de 2030.
Todavía no está definido. El concejo provisional que iba a gobernar desde el 1 de enero de 2027 se anuló. El Congreso tiene que aprobar nuevas reglas de transición.
No. Las sentencias de la Suprema Corte en acciones de inconstitucionalidad son definitivas.
Lo habitual es que surta efectos cuando se notifican los puntos resolutivos al Congreso del estado. Lo confirmaremos cuando se publique la sentencia.
Una persona no puede presentar una acción de inconstitucionalidad. Los partidos políticos con registro sí pueden hacerlo contra leyes electorales, igual que otros órganos que fija la Constitución.
Cualquier persona mencionada, el Congreso, los ayuntamientos o el IEE pueden enviar su versión o corregir un dato. Se publica completa junto al dato, con fecha, y la corrección queda en la bitácora.
Enviar una réplica o aclaración